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 Junio,  2.004  N° 18      

KLM Cargo y AF Cargo optimizan y extienden los servicios a Caracas. 

El primero de Junio, los servicios de KLM y Air France desde y hacia Caracas cambiaran, aprovechando las ventajas que la oportunidad en la cooperación entre KLM y Air France ofrecen. De acuerdo con la racionalización de la red de pasajeros de KLM y Air France, KLM descontinuará sus servicios a Caracas a partir de la fecha en que las oficinas de KLM Cargo en Caracas sean cerradas.

Al mismo tiempo Air France cargo incrementará la capacidad y la frecuencia de sus vuelos.  A partir del primero de Junio, Air France operará un servicio diario a París - CDG con un A340 ofreciendo una capacidad de 16 toneladas, 6 lower deck pallets y 3 lower deck containers.

Fuente: El Universal ( 27/04/2004)

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  Notificación de Incremento del Fuel Surcharge. 

El continuo incremento mundial en los precios de combustible causados originalmente por las tensiones en el Medio Oriente, así como por las restricciones en la producción en los países de OPEP, ha originado que el ínice del precio del combustible se mueva más allá del umbral actual.

Defisa-UTi está recibiendo cartas de notificación de las diferentes Compañías Aéreas anunciando este incremento en su combustible. Este incremento está previsto a ser aplicado a partir del próximo 10 de Mayo de 2004.

Fuente: El Universal  (03/05/2004)

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  CAN exige a Venezuela eliminar normas de etiquetado.

La Comunidad Andina ordena al Gobierno venezolano que levante en un plazo de 30 días la medida que exige que a  las importaciones de calzado y prendas de vestir se les adhiera una etiqueta especial.

La resolución firmada por el Secretario de la CAN señala que dicha medida restringe el comercio exterior de la Región.

Fuente: El Nacional (17/05/04)

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  SUMARIO DE LA GACETA OFICIAL.

 

Gaceta Oficial Nº:         37.934
Fecha:                         10/05/04
Ministerio de la Producción y el Comercio

Resolución Nº 131,  por la cual se dispone que a los fines de que CADIVI otorgue la autorización para la adquisición de divisas, se determinan en la Lista Anexa, los bienes de capital y sus partes utilizados en los procesos industriales y agrícolas, materias primas, insumos,  repuestos dirigidos al mercado de reposición, líneas de producción de vehículos de transporte y autopartes.

La Resolución Nº 131 deroga la Resolución Nº 167 de fecha 07/08/03. La nueva lista incluye 366 items.

Gaceta Oficial Nº:            37.939
Fecha:                      
   17/05/04
Ministerio de Finanzas – SENIAT

Providencia Nº 253, por la cual se suspende a la empresa Verificadora Cotecna Inspection, S.A. en los términos y por la causa que en ella se especifica.

La causa de la suspensión, que en principio es por tres meses, se declara como “incumplimiento de la obligación de transmitir a tiempo por vía electrónica el reporte de las certificaciones correspondientes al mes de Enero de este año”.

Fuente: Gaceta Oficial de Venezuela.

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  La Comunidad Andina de Naciones (CAN) dictó nueva norma comunitaria para evitar doble tributación y prevenir evasión fiscal.

La Comunidad Andina (CAN), a través de la Decisión 578, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena N° 1.063 de fecha 5 de mayo de 2004, dictó un nuevo Régimen común para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en los países andinos, que actualiza e introduce una serie de mejoras en la norma vigente, destinadas a fomentar la colaboración entre las administraciones tributarias y atraer la inversión extranjera.

De acuerdo a la información de la Secretaría General de la CAN, entre las mejoras que introduce la Decisión 578, se pueden mencionar: el tratamiento de los precios de transferencia; la ampliación y precisiones sobre el concepto de regalías, la ampliación del concepto de interés a otros rendimientos financieros y algunas precisiones en torno al tema de dividendos y participaciones.

Asimismo refuerza las posibilidades de consultas e intercambio de información entre los países miembros de la CAN e incluye una cláusula sobre interpretación y aplicación y otra sobre asistencia entre los países para la recaudación de impuestos.

La nueva norma comunitaria, es aplicable a las personas domiciliadas en cualquiera de los países de la CAN, respecto de los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y tienen por objeto evitar la doble tributación de unas mismas rentas o patrimonios a nivel comunitario.

La Decisión 578 entrará en vigencia "respecto al impuesto sobre la renta y al impuesto sobre el patrimonio que se obtengan y a las cantidades que se paguen, acrediten, o se contabilicen como gasto, a partir del primer día del ejercicio fiscal siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena".

Fuente: Seniat 03 al 16 de Mayo del 2004.

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